A quién va dirigido
A las empresas petrolíferas, a los titulares de las estaciones de servicio, a técnicos proyectistas, instaladores-mantenedores de parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos (IP02), e instalaciones para suministro a vehículos (IP04).
Normativa de referencia
- Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, BOE 27.01.95 y su modificación RD 1523/99 de 1 de Octubre BOE 22/10/99) y sus ITCs.
- ITC-MI-IP02 (Real Decreto 1562/1998, de 17 de julio).
- ITC-MI-IP04 (Anexo II RD 1523/99 de 1 de Octubre).
- ORDEN de 16 de Diciembre de 1998 del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalitat de Catalunya por la cual se regula la aplicación de las ITC's IP02 e IP04.
El papel de ICICT, S.A.
ICICT, S.A. es una Entidad de Inspección y Control (EIC) concesionaria de la Generalitat de Catalunya con competencia en los Reglamentos de Seguridad Industrial vigentes y, en particular, en lo relativo a las Instalaciones Petrolíferas del tipo IP02 e IP04 - y está acreditada como Organismo de Inspección por ENAC.
Las actuaciones de ICICT, S.A. en cuanto a las Instalaciones Petrolíferas del tipo IP02 e IP04, se desarrollan con dos finalidades:
- Realizar trabajos de inspección y control reglamentario.
- Recepción de la documentación correspondiente a nuevas instalaciones, ampliaciones o reformas importantes
- Tramitación administrativa de puesta en servicio de instalaciones
- Revisión de documentación presentada e inspección oficial
- Supervisión de empresas instaladoras-mantenedoras
- Inspección periódica oficial
- Actuar como empresa de servicios independiente en los campos de la seguridad y la calidad.
- Supervisión de la situación legal de equipos e instalaciones
- Control de Calidad del Servicio de Mantenimiento
- Control de Calidad en la recepción de equipos e instalaciones
- Control de Calidad en la realización de instalaciones
- Inspección durante la realización de la instalación
- Inspección durante la fase de paro por mantenimiento
- Inventarios de instalaciones y equipos sujetos a reglamentación de Seguridad Industrial
Obligaciones de los titulares
Presentar pruebas de Estanqueidad de recepción de depósitos e instalación mecánica (IP02).
Presentar a una EIC la documentación correspondiente a nuevas instalaciones, ampliaciones o reformas.
Encargar la revisión o inspección periódica oficial de acuerdo con lo establecido en los ITC – MI – IPO2 e ITC – MI – IP04 del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.
IP02: Parque de almacenamiento de líquidos petrolíferos
- Revisión por Empresa Mantenimiento - CADA 5 AÑOS
- Prueba de estanqueidad (EIC)
IP04: Instalaciones para suministros a Vehículos
- Revisión y pruebas periódicas en instalaciones aéreas:
- Instalaciones que no requieren proyecto según Artículo 34 MI IP04: cada 10 años por parte del instalador-mantenedor o Entidad de Inspección y Control (EIC)
- Instalaciones que requieren proyecto según Artículo 34 MI IP04: cada 5 años por parte del instalador-mantenedor o Entidad de Inspección y Control (EIC)
- Revisiones y Pruebas periódicas en instalaciones enterradas (EIC):
- Protección Activa
- Hasta 10 m3 de Volumen total: cada 5 años.
- Volumen total entre 10 m3 y 60 m3: cada 2 años
- Volumen total superior a 60 m3: anualmente.
- Pruebas Estanqueidad
- Depósitos cuyas instalaciones no dispongan de sistema de detección de fugas:
Anualmente con producto en tanque e Instalación en funcionamiento. Cada 5 años en tanque vacío, limpia y desgasificado tras examen visual de la superficie interior y medición de espesores en tanques metálicos no revestidos.
- Tuberías cada 5 años
- La primera prueba de estanqueidad se realzará a los 10 años de su instalación o reparación.
- Inspecciones Periódicas
- Cada 10 años todas las instalaciones que requieren Proyecto según Artículo 34 MI IP04 (Clase B Volumen total superior a 300 litros en instalaciones interiores y superior a 500 litros en instalaciones exteriores. Clases C y D volumen total superior a 3000 litros en instalaciones interiores y superior a 5000 litros en instalaciones exteriores.)
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