A quién va dirigido
A los titulares y proyectistas de instalaciones de almacenamiento de productos químicos.
Normativa de referencia
- Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (R.D. 379/2001, de 6 de abril).
- ORDEN del DIE de 27 de junio de 1994 que contempla las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento.
El papel de ICICT, S.A.
ICICT, S.A. es una Entidad de Inspección y Control (EIC) concesionaria de la Generalitat de Catalunya, con competencia en los Reglamentos de Seguridad Industrial vigentes y en particular en lo relativo al Almacenamiento de Productos Químicos, y está acreditada como Organismo de Inspección por ENAC.
Las actuaciones de ICICT, S.A. en cuanto a las instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos, se desarrollan con dos finalidades:
- Desarrollar trabajos de inspección y control reglamentario.
- Inspección anual de la instalación
- Recepción de la documentación correspondiente a nuevas instalaciones, ampliaciones o reformas importantes
- Tramitación administrativa de la inscripcón de la instalación
- Revisión de la documentación presentada e inspección
- Inspección periódica de la instalación
- Actuar como empresa de servicios independiente en los campos de la seguridad y la calidad.
- Supervisión de la situación legal de equipos e instalaciones
- Control de Calidad del servicio de mantenimiento
- Control de Calidad en la recepción de equipos e instalaciones
- Control de Calidad en la realización de instalaciones
- Inspección durante la realización de la instalación
- Inspección durante la fase de parada por mantenimiento
Obligaciones de los titulares
Presentar a una EIC la documentación correspondiente a nuevas instalaciones, ampliaciones o reformas.
Efectuar las revisiones de mantenimiento según se determina en las ITCs del reglamento de almacenamiento de productos químicos.
Encargar cada cinco años a una EIC la inspección periódica oficial y revisiones.
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